El cohecho es, a nivel jurídico, un delito de soborno a una autoridad o funcionario público. El soborno se produce a través del ofrecimiento de una dádiva o regalo a cambio de realizar u omitir un acto dentro de su competencia. De hecho, la regulación de éste viene recogida en el Código Penal. Cabe destacar que este delito también se produce entre particulares. Si te interesa la prevención y regulación de delitos a nivel empresarial, no dudes en estudiar una formación en compliance.
Sigue leyendo porque te contamos qué requisitos se cumplen ante un delito de cohecho y cuáles son las penas. Además, te contamos los distintos tipos de delito de cohecho.
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Requisitos y penas del delito de cohecho
Como hemos mencionado anteriormente, la regulación del delito de cohecho se recoge en el artículo 149 y siguientes del Código Penal. En él se sanciona el hecho de que una autoridad o funcionario de la administración pública reciba o solicite una dádiva, favor o retribución de cualquier tipo para su propio interés o de terceros. Todo ello para realizar en su trabajo un acto contrario al que le toca o para no realizar o retrasar sin justificación sus tareas.
Sí, este tipo de delito está penado con dureza. Los castigos pueden ser:
- Multa de 12 a 24 meses.
- Inhabilitación especial para el empleo o cargo público por un tiempo de 9 a 12 años.
- Prisión de 3 a 6 años.
En el ámbito privado, un ejemplo de cohecho sería el empleado de una empresa privada que acepta una dádiva de un tercero para llevar a su favor una decisión de su jefe, como la concreción de un tipo de contrato. Desde el ámbito laboral, la aceptación o exigencia de un soborno se considera una falta laboral grave. De hecho, en 2009 hubo una modificación del Código Penal en la cual se detalla cómo debe penarse un cohecho entre particulares.
Tipos de cohecho
Así pues, el soborno consiste en pagar dinero a autoridades o agentes de la misma a cambio de favores. De hecho, es uno de los principales delitos de corrupción político-administrativo.
A nivel orientativo en base a la normativa vigente, existen distintos tipos de delitos de cohecho:
- Activo. Delito cometido por parte de un particular y que corrompe o lo intenta con el funcionario público o autoridad.
- Pasivo. En este caso es el funcionario quien realiza el delito, solicitando, recibiendo o aceptando el soborno.
- Propio. La finalidad del delito es el acto propio del cargo y que es contrario al ordenamiento jurídico.
- Impropio. El delito es propio del cargo pero se adecúa al a la normativa jurídica.
- Antecedente. El soborno se lleva a cabo antes de realizarse el acto administrativo correspondiente.
- Subsiguiente. El soborno o su intento se concreta una vez se ha producido el acto propio.
Consejos para prevenir la corrupción en empresas
Además del soborno, existen otro tipo de delitos empresariales. A continuación te dejamos algunos consejos para prevenir la corrupción compañías:
- Compromiso por parte de los directivos. Todos los miembros de una empresa deben tener claro que no se pueden admitir prácticas corruptas. Mejor rechazar un contrato importante que conseguirlo mediante un soborno, ya que puede comprometer la imagen de la empresa.
- Procesos claros. Los empleados también deben saber cómo actuar en caso de que intenten sobornarles.
- Análisis de riesgos. Hay que llevar a cabo planes de análisis de riesgos para saber cómo actuar en caso de intento de corrupción.
- Evitar conflictos de interés. Anticiparse a un posible conflicto de intereses servirá para evitar cualquier riesgo de corrupción.
- Canal de denuncias. Una de las vías más utilizadas para denunciar casos de corrupción dentro de una empresa a la vez que se protege al denunciante.