El blanqueo de capitales es un delito que consiste en cubrir la procedencia de fondos económicos que provienen de actividades delictivas. También se da cuando se cubren y no se declaran los beneficios de una empresa o un particular a la Agencia Tributaria. Un ejemplo serían los depósitos que se realizan en cuentas ubicadas en paraísos fiscales. Si quieres enfocar tu carrera profesional en la prevención de delitos empresariales, no dudes en cursar una formación en compliance.
Sigue leyendo porque te contamos las etapas por las que pasa el delito de blanqueo de capitales y los tipos que existen. También te nombramos las penas con las que se castiga este delito.
Índice de contenidos
Las etapas del blanqueo de capitales
El blanqueo de capitales, y a su vez el lavado de dinero, es un proceso complicado que involucra tres etapas. La primera y la más vulnerable es la ubicación para lavar el dinero. El objetivo es ingresar los fondos ilegales al sistema financiero sin llamar la atención de las instituciones que controlan dicho sistema. La técnica más utilizada es dividir grandes sumas de efectivo en cantidades más pequeñas y más discretas. Estas pueden ser depositadas directamente en una cuenta bancaria a través de un cheque de reembolso o adquiriendo cheques que son cobrados o depositados en otra institución financiera.
La segunda etapa del lavado del dinero se basa en el ocultamiento. Este proceso implica la movilización de fondos de un sistema financiero a través de una serie de transacciones complejas. Con esto se crea confusión y es difícil obtener un rastro documental del dinero. Un ejemplo seria realización de transferencia de fondos a través de varias cuentas en una o más entidades financieras.
Finalmente, el objetivo final del proceso de lavado de dinero está en la integración. Cuando los fondos están en el sistema financiero y han pasado la fase de ocultamiento, la integración se utiliza para crear una apariencia de legalidad a través de más transacciones. Un ejemplo es la compra-venta de inmuebles o valores de inversión.
Modalidades de blanqueo de capitales
El blanqueo de capitales se produce en distintas modalidades. Normalmente se agrupan en:
- Adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes sabiendo que tienen su origen en un delito grave.
- Llevar a cabo actos para ocultar o encubrir el origen ilícito de los bienes.
- Realizar actos para ayudar a la persona que ha participado en el delito para eludir consecuencias legales.
- Ocultar la naturaleza, origen, ubicación y destino sobre los bienes, sabiendo que proceden de un delito grave.
Estas modalidades se consideran las básicas y están penadas en prisión de seis meses a seis años y una multa. Ahora bien, también existen otras modalidades agravadas, es decir, aquellas conductas que también son delito de blanqueo pero que por ciertas circunstancias se consideran muy graves. Por ejemplo, se categorizan así cuando:
- Los fondos tienen su origen en algún delito relacionado con el tráfico de drogas.
- Los bienes tienen su origen en ciertos delitos contra la Administración Pública.
- Si el culpable pertenece a una organización delictiva que se dedica al blanqueo de capitales.
Las penas de previstas para estos delitos también se castigan con prisión de tres años y tres meses a seis años y el pago de una multa, o prisión de seis meses a dos años y una multa, en caso de una imprudencia grave.
¿Qué es la SEPBLAC?
Las siglas SEPBLAC pertenecen al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias de España. Este servicio se encarga de prevenir e impedir el uso del sistema financiero, las empresas o profesionales para blanquear capital. Así pues, este organismo recibe, analiza y presenta a las autoridades pertinentes los distintos casos de blanqueo de dinero que derivan de la entrega de información financiera relacionada con fondos económicos de origen sospechoso.
Las actividades de este organismo están detalladas en los artículos 45-47 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo. En ella se determinan hasta 26 tipos de personas obligadas a cumplir con esta normativa. Algunos de ellos son las aseguradoras y corredores de seguros, asesores fiscales, contables, notarios, casinos y comerciantes de joyas.