Toda persona o empresa tiene la obligación de tributar en el país donde genera su actividad económica. Una de estas tasas imponibles es el gravamen y existen diferentes tipos. En el post de hoy te guiamos para que aprendas este concepto y entiendas cómo funciona. Echa un vistazo a nuestro Postgrado en Fiscalidad y Tributación y conviértete en un profesional de contabilidad.
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¿Qué es el gravamen?
Según la Real Academia Española, el gravamen se conoce como una carga impuesta sobre un inmueble o sobre un caudal. Es decir, es un impuesto aplicado a un inmueble o a un bien, dependiendo del tipo del uso que le demos. Existen diferentes aplicaciones del término, respecto si se trata de materia civil, fiscal, mercantil…
Se trata de una cifra o de un porcentaje que sirve para indicarnos el valor del impuesto que se debe abonar a las arcas del Estado. Por ejemplo, en España, existen dos grandes clasificaciones de gravamen. El primer gran grupo es el que establece el 30% sobre el Impuesto de Sociedades. En el segundo grupo estableceríamos los demás gravámenes especiales.
Calcular el gravamen
Para calcular la cuota íntegra, se debe aplicar el gravamen sobre la base imponible. Esta cifra es la que indica la capacidad económica del contribuyente. Puede estar representada por cantidades dinerarias o no dinerarias. En el caso que exista alguna reducción, se deberá calcular sobre la base liquidable. Esta es lo que resulta al restar las reducciones sobre la base imponible.
Tipos de gravamen
Como hemos mencionado anteriormente, existen diferentes tipos de gravámenes. Esta clasificación dependerá de la base imponible. Existen dos grandes grupos, el tipo general y los gravámenes especiales.
Gravamen general
Se trata del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en la norma que regula sobre el Impuesto de Sociedades. Se trata de un gravamen general del 30% y se aplica en períodos impositivos.
Gravámenes especiales
El segundo gran grupo clasifica diferentes tipos de porcentajes. Dependiendo del tipo de sociedad, persona o bien se le aplicará un porcentaje. Estos pueden ser del 35%, en casos de entidades dedicadas a los hidrocarburos. Del 25%, por ejemplo, a las uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas. Del 20% a las sociedades cooperativas fiscalmente protegidas. Del 10% o incluso del 1%, como el fondo de regulación de carácter público del mercado hipotecario.
Formas de aplicación
Dependiendo si el tipo de gravamen se aplica de forma fija o porcentual encontraremos también otra posible clasificación de gravámenes.
El gravamen específico
Este se aplicará sobre bases imponibles no monetarias. Es decir, se impondrá para cantidades de dinero por unidad de base imponible. Este tipo de gravamen, a parte de ser una cuantía fija, también pueden ser de cuantía variable gradual. Se establece una cantidad y esta va variando a lo largo de una escala de valores.
Alícuotas
Este grupo sí se aplica sobre una base dineraria. Estas alícuotas también pueden llamarse porcentuales y se dividen en tres grupos. Pueden ser proporcionales, por ejemplo, el IVA, cuando es un porcentaje fijo o único. Progresivos, por ejemplo, el IRPF, cuando existe una tarifa que varía en función de la base imponible. Y finalmente, regresivos, cuando disminuyen al aumentar la base imponible.